LAS CORPORACIONES Y ASOCIACIONES

Antes  de finales de la República existía plena libertad de asociación de los collegia o sodalitas, pero a partir de ese momento se limita dicha libertad. Las leyes limitadoras proceden de César y de Augusto.
Marco  Aurelio  concedió  la  posibilidad  de  manumitir  esclavos  a  todas  las asociaciones  lícitas.  También  pueden  las  asociaciones  y  corporaciones  solicitar la posesión hereditaria.
Existían  asociaciones de  pobres  con  finalidades funerarias, otras de carácter religioso o de profesiones, como las de recaudadores de impuestos, panaderos, etc. Cada una se rige por su propio estatuto, que regula sus fines y actividades. Es necesario que en el momento de constituirse la formen tres personas como mínimo.
La corporación  o  asociación se  extingue por  falta de  sus  miembros,  o  por decisión de éstos, al alcanzarse el fin para el que se creó, o cuando éste se declara ilícito. En caso de disolución el patrimonio se reparte entre los asociados.

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