EL PROCEDIMIENTO DE LA COGNITIO EXTRA-ORDINEM

En los procedimientos cognitorios los jueces-funcionarios ordenan el proceso entero; las pruebas se practican en su presencia, así como los debates de los litigantes; valoran la prueba y dictan sentencia. Es decir, estos jueces-funcionarios realizan todos los actos de la cognitio en unas procesos que se desenvuelven en una sola fase.
Esta clase de proceso congnitorio comenzó a ser utilizado en el Principado con
carácter extraordinario. Las fuentes  mencionan  un  ius extraordinarium frente al ius ordinarium,  y  este  derecho  procesal  funde  las  normas  del  ius  civile y  del  ius honorarium.
En Italia a partir de Augusto las reclamaciones fideicomisarias se realizan ante
un tipo se funcionario llamado juez, e igualmente sucede con otras reclamaciones.
Otras  causas  concurrieron  para  la implantación definitiva del  procedimiento extraordinario: el Príncipe concentra todas las funciones, y actúan como delegados del Príncipe o del emperador los nuevos jueces-funcionarios: primero los cónsules, después los pretores y finalmente los jueces-funcionarios, que a su vez podían delegar en otros jueces.
Los caracteres del proceso extra-ordinem eran los siguientes:
-     La actio y la exceptio son formas de pedir protección jurídica.
-     La citación del demandado  reviste un carácter semioficial. Aunque puede ser citado en forma privada, es posible el emplazamiento por orden judicial o por edictos.

-     El demandante debe presentar con el escrito de demanda las pruebas de que intente valerse, y lo mismo debe hacer el demandado en su contestación. Sin embargo ambos pueden solicitar una interrupción del procedimiento para poder aportar nuevas pruebas.
-     Todo el procedimiento se sustancia en una sola fase.
-     El procedimiento se tramita ante magistrados jueces que actúan como delegados
del príncipe.
-     La sentencia puede ser impugnada mediante un recurso de apelación mediante su superior jerárquico.

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