LA ETAPA CLÁSICA CENTRAL DE LA JURISPRUDENCIA
La etapa de mayor esplendor de la jurisprudencia se inicia con el principado de Augusto, con su máximo apogeo entre Augusto y Adriano, y entre los juristas de Laveón a Silvio Juliano.
En el período de transición de la república al principado aparecen juristas partidarios y contrarios al nuevo orden de Augusto. Trebacio Testa fue partidario, contrario fue Cascelio. También opositor es Antistio Labeón, entre cuyas obras más importantes están sus comentarios al edicto del pretor y su colección de respuestas.
Habrá dos escuelas, la Casiana formada por Cayo Casio Longino, que estudian con Masurio Sabino, quien también da nombre a esta escuela “sabiniana”.
Sabino escribió un importante obra: los tres libros de derecho civil, que fue muy comentada por los juristas clásicos. Estableció un nuevo sistema llamado sabiniano que fue considerado como el orden del derecho civil en contraposición al pretorio o edictal. Importante característica de esta época es la vinculación de la jurisprudencia al príncipe. La antigua práctica jurisprudencial de dar respuestas fue en cierto modo sometido al control imperial que concedió a prestigiosos juristas la facultad de dar respuestas en nombre del príncipe. El propósito del Augusto sería que el jurista así distinguido tuviese una autoridad mayor que los demás juristas y sus decisiones influyesen en los magistrados y jueces.
Los emperadores se aseguran también la colaboración de los más importantes
juristas haciéndoles participar en su consejo. Aunque la práctica de hacerse aconsejar por jurisconsultos se inició con Augusto, es Adriano quien convierte este órgano en permanente, con funcionarios a sueldo, y les encomienda funciones judiciales y administrativas. Así la jurisprudencia se convierte en una función burocrática.
La gran figura de jurisconsulto que cierra este período clásico central es Salvio
Juliano. Se le encargó la codificación del edicto. Lo más importante de su obra son los
90 libros de digesta que contienen respuestas y decisiones ordenadas por el sistema edictal.
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