EL PROCEDIMIENTO DE LAS LEGIS ACTIONES
Es el más antiguo de los procedimientos romanos. El término de legis actiones, utilizado por Gayo, responde a su último fundamento en las leyes, especialmente en la ley de las XII Tablas, pero también a la rigidez del procedimiento.
Hubo cinco clases de legis actiones, de las cuales de las tres primeras eran contenciosas, porque daban lugar a una contienda procesal entre el actor y el demandado, mientras que las dos últimas son ejecutivas, sirven para dar efectividad a una sentencia o a un derecho reconocido.
El procedimiento de las legis actiones presentan los siguientes caracteres:
1. Pertenece al ordenamiento de los juicios privados ordo iudicorum privatorum, y en consecuencia:
Destaca la actividad del magistrado ordenadora del proceso.
El proceso dividido en dos fases: in iure, ante el magistrado; apud iudicem, ante el juez.
2. De la exposición de Gayo de las legis actiones se deducen los siguientes caracteres:
Solemnidad verbal.
Utilización exclusiva del procedimiento por ciudadanos romanos. solo sirven para ejercitar acciones del antiguo Ius civile.
rigor y formalismo del procedimiento.
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