EL PROCEDIMIENTO DE LAS LEGIS ACTIONES

Es el más antiguo de los procedimientos romanos. El término de legis actiones, utilizado por Gayo, responde a su último fundamento en las leyes, especialmente en la ley de las XII Tablas, pero también a la rigidez del procedimiento.
Hubo  cinco clases de legis actiones, de las cuales de las tres primeras eran contenciosas,  porque  daban  lugar  a  una  contienda  procesal  entre  el  actor  y  el demandado, mientras que las dos últimas son ejecutivas, sirven para dar efectividad a una sentencia o a un derecho reconocido.
El procedimiento de las legis actiones presentan los siguientes caracteres:
1.  Pertenece al ordenamiento de los juicios privados ordo iudicorum privatorum, y en consecuencia:
Destaca la actividad del magistrado ordenadora del proceso.
El proceso  dividido en  dos  fases: in  iure, ante  el magistrado;  apud iudicem, ante el juez.
2.  De  la  exposición  de  Gayo  de  las  legis actiones  se  deducen  los  siguientes caracteres:
Solemnidad verbal.
Utilización exclusiva del procedimiento por ciudadanos romanos. solo sirven para ejercitar acciones del antiguo Ius civile.
rigor y formalismo del procedimiento.

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