División del Derecho Penal en parte general y especial

Parte general: se aplica a todas las personas y tiene su fuente principal en el C. P. (art. 1 al 78) y leyes complementarias. Lo conforman: el D. P. Militar, el D. P. Marítimo, el D. P. Comercial. Predominan las ideas básicas del der. Penal. Condiciona al D. P. Especial.


Parte especial: comprende el conjunto de normas que son aplicables a determinados grupos o categorías de personas teniendo en cuenta lo requisitos de la persona, materia y territorio (art. 79 en adelante). Realiza un estudio en profundidad de los distintos casos penales. Describe condiciones que serán o no delitos.



2.- Criminología. Concepto.

Es una ciencia casual, que tiene por objeto el estudio del delincuente, el delito, la pena, la ley penal (el fenómeno penal, es decir por qué se cometen delitos, por qué existen personas que los cometen, etc.); pero en oposición al Derecho Penal, lo hace desde el punto de vista del ser.

Garofalo: “Es la ciencia que comprende el estudio del delincuente (antropología, pscopatología, psicología, criminal); el estudio del delito (factores físico y social); y la lucha contra el delito (penalogía)”.

La criminología bien entendida estudia el hombre delincuente en su totalidad (cuerpo y alma); lo estudia también en su ambiente familiar y social y por ese estudio también que realiza del hombre como individuo y como fenómeno social, es que le permite al legislador emplear medios de profilaxis (individual y social).

El objeto de la criminología es el estudio del delito. El Derecho Penal estudia las normas penales, en cambio la criminología, además del delito como hecho, estudia otras formas de comportamiento antijurídico. Estudia el poder efectivo de la norma penal como determinante de la conducta de los individuos a objeto de precisar su eficacia como instrumento de prevención general.



Relaciones con el Derecho Penal.

Lo criminal es una ciencia que viene a ayudar al Derecho penal para una mayor comprensión; hace contribuciones al Derecho penal, principalmente en la determinación y apreciación de la pena o medida de seguridad.



Ciencias integrantes de la Criminología.

• Antropología: va a considerar al crimen como un acontecimiento en la vida del individuo.

• Biología: según Von Liszt se divide en: somatología criminal (anatomía – fisiología) y psicología criminal (de modo que la psicología es parte de la biología criminal.

• Psicología criminal: Ferri señaló que los estudios psicológicos tienen más trascendencia que los estrictamente orgánicos para analizar la criminalidad. Estudia el crimen desde el punto de vista psicológico.

• Sociología criminal: considera al crimen como un acontecimiento de la vida social, que altera el orden de toda una comunidad, y lo estudia de acuerdo al ámbito social donde se desarrolla.

• Penalogía: tiene por objeto el estudio de las penas o sanciones que la ley penal impone por la violación de sus normas.



Disciplinas auxiliares del Derecho Penal.

Medicina legal: consiste en la aplicación de los conocimientos médicos a los casos del procedimiento civil y criminal que pueden ser esclarecidos por ellos. Ej.: determinar una muerte.

Psiquiatría forense: sirve para establecer la imputabilidad o inimputabilidad de un hecho delictivo.

Química legal: para análisis de sangre, averiguar la antigüedad sobre un papel o tinta, para determinar la existencia de drogas, alcohol, etc. dentro de un organismo.

Estadística criminal: para establecer un índice delictivo en una comunidad; para determinar la eficacia de las penas en relación a las reincidencias.

Política Criminal: es la lucha contra el delito en la persona del delincuente llevada a cabo mediante la pena y medidas análogas. (Von Liszt).

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