APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO

En principio, las normas jurídicas rigen todos los hechos que, durante el lapso de


su vigencia, ocurren en concordancia con sus supuestos. Si un supuesto se
 
realiza mientras una ley está en vigor, las consecuencias jurídicas que la


disposición señala deben imputarse al hecho condicionante. Realizado éste, ipso

facto se actualizan sus consecuencias normativas. Las facultades y deberes

derivados de la realización de un supuesto poseen una existencia temporal más o

menos larga.

Algunas veces, la disposición normativa indica la duración de aquéllos; otras, tal

duración es indefinida, y la extinción de las consecuencias de derecho depende de

la realización de ciertos supuestos.

Realizado el supuesto de un precepto legal, puede ocurrir que las ,consecuencias

normativas se extingan totalmente durante la vigencia del precepto. Pero también

puede suceder lo contrario.

Supongamos una ley dispone que todo hombre, al cumplir diez y ocho años, debe

ser considerado como mayor de edad, y que otra fije en veintiún años el principio

de la mayoría. De acuerdo con lo expuesto, habrá que reconocer que todos los

hombres que, durante la vigencia de la primera ley, cumplieron los diez y ocho

años, llegaron a ser, desde ese momento, mayores de edad. Pero muchos de

ellos eran acaso menores de diez y ocho, al entrar en vigor la segunda,

derogatoria de la primera. En estos casos, el problema consiste en determinar si

esos individuos de más de diez y ocho y menos de veintiuno, deben ser

considerados o no, al iniciarse la vigencia de la segunda, como mayores. ¿Podrá

aplicárseles dicha ley y decirse que, si bien fueron mayores de edad desde los

diez y ocho años hasta la iniciación de la vigencia de la posterior, dejaron de serlo

desde ese momento? 0, para emplear la terminología jurídica: ¿será correcto

aplicar retroactivamente la segunda ley?

El principio general que domina esta materia es que la ley no debe aplicarse

retroactivamente en perjuicio de persona alguna. Pero este principio no es

considerado como absoluto, y todos los autores admiten que sufre excepciones.

De lo anterior se infiere la existencia de dos cuestiones capitales en materia de

retroactividad, a saber: 1° Qué debe entenderse por aplicación retroactiva de una

ley; 2° En qué casos debe una ley aplicarse retroactivamente.

Una ley es retroactivamente aplicada cuando suprime o modifica las

consecuencias jurídicas de un hecho ocurrido bajo el imperio de la anterior.

Un caso en que la ley puede aplicarse retroactivamente es cuando a nadie

perjudica.
 
En materia penal una ley se puede aplicar a hechos consumados bajo el imperio


de otra si beneficia al autor de un delito. Así las leyes que reducen las penas

deben siempre aplicarse retroactivamente.

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