APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO
su vigencia, ocurren en concordancia con sus supuestos. Si un supuesto se
realiza mientras una ley está en vigor, las consecuencias jurídicas que la
disposición señala deben imputarse al hecho condicionante. Realizado éste, ipso
facto se actualizan sus consecuencias normativas. Las facultades y deberes
derivados de la realización de un supuesto poseen una existencia temporal más o
menos larga.
Algunas veces, la disposición normativa indica la duración de aquéllos; otras, tal
duración es indefinida, y la extinción de las consecuencias de derecho depende de
la realización de ciertos supuestos.
Realizado el supuesto de un precepto legal, puede ocurrir que las ,consecuencias
normativas se extingan totalmente durante la vigencia del precepto. Pero también
puede suceder lo contrario.
Supongamos una ley dispone que todo hombre, al cumplir diez y ocho años, debe
ser considerado como mayor de edad, y que otra fije en veintiún años el principio
de la mayoría. De acuerdo con lo expuesto, habrá que reconocer que todos los
hombres que, durante la vigencia de la primera ley, cumplieron los diez y ocho
años, llegaron a ser, desde ese momento, mayores de edad. Pero muchos de
ellos eran acaso menores de diez y ocho, al entrar en vigor la segunda,
derogatoria de la primera. En estos casos, el problema consiste en determinar si
esos individuos de más de diez y ocho y menos de veintiuno, deben ser
considerados o no, al iniciarse la vigencia de la segunda, como mayores. ¿Podrá
aplicárseles dicha ley y decirse que, si bien fueron mayores de edad desde los
diez y ocho años hasta la iniciación de la vigencia de la posterior, dejaron de serlo
desde ese momento? 0, para emplear la terminología jurídica: ¿será correcto
aplicar retroactivamente la segunda ley?
El principio general que domina esta materia es que la ley no debe aplicarse
retroactivamente en perjuicio de persona alguna. Pero este principio no es
considerado como absoluto, y todos los autores admiten que sufre excepciones.
De lo anterior se infiere la existencia de dos cuestiones capitales en materia de
retroactividad, a saber: 1° Qué debe entenderse por aplicación retroactiva de una
ley; 2° En qué casos debe una ley aplicarse retroactivamente.
Una ley es retroactivamente aplicada cuando suprime o modifica las
consecuencias jurídicas de un hecho ocurrido bajo el imperio de la anterior.
Un caso en que la ley puede aplicarse retroactivamente es cuando a nadie
perjudica.
En materia penal una ley se puede aplicar a hechos consumados bajo el imperio
de otra si beneficia al autor de un delito. Así las leyes que reducen las penas
deben siempre aplicarse retroactivamente.
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
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