LA ACTIVIDAD FINANCIERA

1. La actividad Financiera . Concepto y Caracteres
El Estado debe procurar a la comunidad unos objetivos o finalidades comunes (enseñanza, seguridad…) , los cuales han ido evolucionando con los tiempos , desde un estado liberal a un estado más o menos intervencionista ; ello comportará unos gastos , para lo cual debe ingresar unos medios líquidos . La capacidad de convertir estos ingresos en gastos es lo que conocemos como actividad financiera . Sanz de Bujanda identifica la actividad financiera como “la acción del Estado y demás entes públicos que se dirige a obtener los ingresos necesarios para poder realizar los gastos que sirven al sostenimiento de los servicios públicos, entendidos en su más amplio sentido :
Esta actividad financiera presenta unas características :
Actividad Pública , desde un punto de vista objetivo , recauda ingresos a fin de llevar a cabo gastos públicos ; así como desde un punto de vista subjetivo , el Estado es el encargado de elaborar este ciclo ingresos-gastos .
Instrumental , no tiene finalidades en ella misma , sinó que se desarrolla para alcanzar otros objetivos.
Jurídica , ordenada por normas y principios jurídicos .
La actividad financiera se identifica con la Hacienda Pública , en dos sentidos :
Subjetivo , todos aquellos órganos del Estado que realizan la actividad financiera , órganos encargado de hacer ingresos y de asignar gasto público.
Objetivo , la propia actividad financiera en si misma considerada , la actividad de los Entes Públicos dirigida a obtener ingresos y realizar gastos..
Podemos encontrarnos igualmente con otra acepción de la Hacienda Pública : conjunto de bienes , derechos y obligaciones , es decir el patrimonio público , esta es la visión estática de la Hacienda Pública.
2. Naturaleza de la actividad financiera .
La naturaleza de la actividad financiera ha sido objeto de discusión hasta fecha reciente , considerada como :
Actividad política , la ciencia política la había de estudiar.
Actividad económica , los economistas la debían estudiar .
La solución fue considerar la actividad financiera no como puramente económica , ni puramente política , sino con aspectos de ambas junto con otros aspectos (jurídico, sociológico ……) , no era una actividad estudiable desde un único punto de vista , sino que se debía de analizar desde diversos puntos de vista . Sin embargo la actividad financiera es esencialmente política , y según autores como Sanz de Bujanda o Ferreiro, la actividad financiera es una actividad eminentemente política , ya que la elección y decisiones se toman por los Organos Públicos , si bien el contenido es económico pues versan sobre los Ingresos y Gastos Públicos.
3.La actividad financiera como objeto del conocimiento .
La actividad financiera es una realidad compleja con muy diversos aspectos , cada uno de los cuales puede estudiar el fenómeno financiero desde su determinado punto de vista , utilizando su propia terminología , su propia sistema conceptual , sus propios métodos en el estudio , separado y autónomo de una realidad y así Economía financiera , Derecho financiero , Contabilidad , Historia y Sociología no son sino ejemplos más relevantes de las diferentes líneas arguméntales que pueden confluir en el estudio científico del fenómeno financiero. Para llegar a conclusiones científicamente válidas es necesario recoger estas diferentes líneas arguméntales a través , de las que , desde perspectivas diversas , se estudia científicamente el fenómeno financiero.
El problema del estudio de la actividad financiera , tomada con un todo , deriva de la complejidad que representa para la mente humana , la asimilación y profundo conocimiento de cada una de las ciencias ya apuntadas. Si bien, desde un punto abstracto , pueda concebirse el estudio de la actividad financiera en su conjunto, prescindiendo de cada una de las perspectivas descritas , la realidad es que debido a la especificación y crecimiento de los conocimientos científicos , tal estudio se presume sumamente difícil , por amplitud y profundidad.
4. La construcción unitaria o integral de la ciencia de la Hacienda .
En los años sesenta se seguía el criterio económico sobre la ciencia de la Hacienda . ¨Griziotti¨ fundador de la escuela de Pavía mantenía que la actividad financiera se debía estudiar como ciencia de la Hacienda , consciente de los diferentes aspectos de la actividad financiera :
Político,
Económico ,
Jurídico,
Técnico.
Mantenía que se podía llegar a conclusiones válidas en un método sincrético : análisis parciales de cada uno de los aspectos y entonces hacer un análisis de estos análisis parciales , ciencia integral conclusión unitaria , esta teoría tuvo gran influencia durante una época. Hoy en día , sin embargo es imposible y no tiene aplicación.
5.La actividad financiera como objeto de conocimiento del Derecho .
El Derecho puede alcanzar la ordenación jurídica de la actividad financiera , aplicando sus esquemas conceptuales , el derecho financiera estudia la actividad financiera con una metodología financiera. A parte de la unanimidad de que la actividad financiera puede ser estudiada por el Derecho , hay autores que mantienen otros puntos de vista . La conveniencia de estudiar en una única disciplina los Ingresos y los Gastos Públicos , Derecho Financiera , nos encontramos con partidarios de estudiar los Ingresos y los gastos en dos disciplinas diferentes , sin embargo esta última visión no tiene validez puesto que no concebimos un estudio de los ingresos separado de un estudio de los gastos , ya que la actividad financiera se origina en función de estos dos conceptos , es decir el ciclo ingreso - gastos .No es cierto que no tengan unas finalidades comunes , los ingresos sólo existen para gastar en Gasto Público , y las normas jurídicas que ordenan los ingresos no deben perder de vista el Gasto Público . El principio de justicia tributaria recogido en el art. 31 de nuestra Constitución , que ordena la justicia a la hora tanto de ingresar como de gastar.

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