EVICCIÓN (EVICTIO)
Existe cuando el comprador, que no ha completado el tiempo de la usucapión de
la cosa vendida por quien no era dueño, resulta vencido en juicio por el verdadero propietario. Por el ejercicio de la acción reivindicatoria del dueño, el comprador debe restituir la cosa o pagar su estimación.
La obligación del vendedor de indemnizar al comprador no nacía
originariamente del contrato consensual, en derecho antiguo la garantía nacía de la mancipatio. Cuando la mancipación se convierte en un acto abstracto se recurre a las estipulaciones de garantía por lo que puede ejercitarse contra el vendedor la actio ex stipulatu. Estas estipulaciones eran de dos clases:
- Estipulación sobre la pacífica posesión (“poder tener como propietario”): el vendedor se obliga a indemnizar la pérdida sufrida por la reclamación que hagan el mismo vendedor o sus herederos o cualquier otra persona al comprador. Procede también cuando el comprador es vencido por el titular de un derecho real que limita el suyo y que el vendedor no ha declarado. En estos casos, se dejaba al arbitrio del juez el determinar el valor de lo perdido, y por consiguiente, el importe de la condena.
- Estipulación del doble del precio: era la utilizada con más frecuencia en la
compraventa de inmuebles o de cosas de elevado valor.
La jurisprudencia, partir de Trajano, admitió que el comprador pudiese accionar con la actio empti para conseguir la stipulatio habere licere y más tarde para conseguir también stipulatio duplae para cosas de valor. La última jurisprudencia clásica admitió
por el uso generalizado de la cláusula estipulatoria, que la garantía o evicción era elemento natural del contrato, y que podía exigirse por la acción de compra, aunque no hubiese estipulación.
La responsabilidad por evicción puede excluirse por un pacto determinado o por la especial naturaleza del contrato.
Para que proceda la responsabilidad del vendedor por evicción, se requiere que
el comprador denuncie a éste la reclamación o el litigio, a fin de que lo asista y defienda en el proceso.
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