DERECHO DE TRABAJO
Jornada laboral de ocho horas por seis días (Art. 123 de LFT)
Se prohíbe el trabajo de menores de edad
Se establece protección a la mujer y se le da igualdad en el trabajo
La relación de trabajo se formaliza mediante un contrato, establece las obligaciones del trabajador y el patrón. El trabajador se obliga a ejecutar y a obedecer las órdenes del patrón. El patrón se obliga a respetar al trabajador, reconocer sus derechos y cumplir sus obligaciones.
Dentro las obligaciones del patrón se señalan las siguientes:
Pagar un salario pactado de común acuerdo
Cumplir con las prestaciones que la ley obliga al patrón
Respetar el pacto laboral
Si no se respetara cumpliera lo pactado o lo que la ley obliga, le da derecho al trabajador de exigirlo ante un tribunal.
La ley prohíbe que el salario se pague con mercancías.
El trabajador tiene el derecho a que lo afilien al IMSS (obligatorio).
La seguridad social se paga de la siguiente forma:
El patrón paga el 21.75% del salario cuota y el trabajador paga 4.25%.
Si el trabajador gana el salario mínimo, NO PAGA NADA.
El trabajador obliga a la ley que pague el 5% a un fondo nacional de vivienda (Infonavit), mas 2% de AFORE.
Un trabajador en México cuesta el salario, mas aproximadamente 40% mas de Infonavit, aguinaldo, AFORE, etc. (Art. 84 de LFT)
A los obreros se les debe pagar cada semana y al administrativo en 10,15, 20, etc.
Nota: En Canadá se dan seis semanas de vacaciones al año
En Estados Unidos se dan tres semanas de vacaciones al año
En México se da una semana de vacaciones al año
En Alemania se dan cuatro semanas de vacaciones al año
En Italia se dan seis semanas de vacaciones al año
En Francia, la jornada laboral es de siete horas
Una empresa, debe pagar lo siguiente a sus trabajadores:
Prima dominical (25% del salario diario)
Séptimo día (un día de salario)
Aguinaldo (15 días de salario)
Prima vacacional (25% del tiempo laborado en un año)
Reparto de utilidades (10% de utilidad gravable)
Fórmula del reparto de utilidades V=IT-TDA
Ejemplo: Si la empresa tuvo de ganancias totales en un año $6,000,000 se le resta la mitad, o sea:
$6,000,000 - $3,000,000 = $3,000,000
A estos $3,000,000 se le saca el 10%, o sea:
$3,000,000 x 0.10 = $300,000
Estos $300,000 es la cantidad que se va a repartir entre los trabajadores (aguinaldo), según el salario anual y los días laborados de cada uno.
$300,000 / 2 = $150,000 / $396,000 = 0.3787 = Factor Salario
$150,000 / 1198 = 125.20 = Factor Tiempo
Monto a percibir, es igual a A+B, esto es lo que se le tiene que pagar de aguinaldo a cada trabajador.
¿Quiénes no pagan reparto de utilidades?
R = Las empresas nuevas (menos de tres años) y las empresas no lucrativas.
El trabajador tiene derecho en México de organizarse con todos los trabajadores para la defensa de sus derechos laborales. La ley permite la formación de sindicatos que son agrupaciones de trabajadores y patrones para el estudio, defensa, mejoramiento y protección de sus intereses. Para formar un sindicato se requieren al menos veinte trabajadores y tres patrones.
Derechos de un sindicato:
Derecho a constituirse (organizarse).
A elegir libre y democráticamente su mesa directiva
Redactar sus estatutos
Derecho a la firma de un contrato colectivo
Derecho a ejercerla huelga como instrumento de defensa de sus intereses
No pueden sindicalizarse:
Los empleados de confianza de la empresa
Los soldados, policías, etc. (porque representan los intereses del gobierno)
Las personas encargadas de funciones importantes de gobierno o de una empresa
Coalición.- Derecho de los trabajadores de juntarse y hacer en conjunto una petición al patrón, pero el patrón no tendrá la obligación de dar respuesta a la petición. No es obligatorio jurídicamente, solo son reglas administrativas.
Obligaciones del sindicato:
Defender los derechos de sus agremiados (siempre y cuando sea legalmente posible)
Pugnar por el desarrollo intelectual de sus agremiados
Obligación de luchar por el mejoramiento socioeconómico de sus agremiados
DERECHO DE HUELGA
Consiste en la suspensión de trabajo en una empresa donde exista un sindicato. Es un derecho reglamentado estrictamente, y debe observarse lo que la ley marca.
Allanamiento Via desisitimiento
Sindicato Negociación Arreglo
Rompimiento
Contrato Emparamiento Estallamiento Dur. Indefinida
colectivo
La huelga no tiene duración, deacuerdo a nuestro derecho.
Durante la huelga, la empresa no podrá trabajar, ni contratar a otros trabajadores.
Si se llega a un acuerdo y el patrón es el que desite, deberá pagar a los trabajadores los días transcurridos desde el día en que comenzo la huelga, hasta el día del arreglo.
Por el contario, si los trabajadores son los que desisten, el patrón no pagará esos días a los trabajadores.
A parte de la huelga, se pueden presentar otros problemas laborales que son los que provocan las demandas que un trabajador ejerce contra el patrón.
Si el patrón despide injustificadamente a un trabajador, el trabajador tiene derecho a una indemnización de tres meses de salario, mas otras prestacines que señala el Art. 50 y 51 de la ley.
Ley Constitucional
Acto Jurisdiccional Administrativo
19:20
|
Etiquetas:
DERECHO ADMINISTRATIVO
|
This entry was posted on 19:20
and is filed under
DERECHO ADMINISTRATIVO
.
You can follow any responses to this entry through
the RSS 2.0 feed.
You can leave a response,
or trackback from your own site.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario