EL SISTEMA ELECTORAL DEL SENADO Y EL CONGRESO

Para las elecciones de diputados y senadores la circunscripción electoral es la provincia.


A estos efectos cada provincia constituye una circunscripción electoral en la que se elegirán un determinado número de diputados y senadores en base a las candidaturas que en cada una de ellas se presenten, número y candidaturas que no tienen porque coincidir con el resto de provincias, ni tan siquiera con los limítrofes.

Las ciudades de Ceuta y Melilla serán consideradas como circunscripciones electorales. Se efectúa de esta regla las elecciones al Senado, en las que se consideran circunscripciones electorales cada una de las siguientes islas o agrupaciones de islas: Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, Tenerife, Gomera, La Palma y el Hierro.



 Elecciones al Congreso.



En cuanto a la composición del Congreso la CE establece que el Congreso se compondrá de un mínimo de 300 y máximo de 400 diputados.

La LOREG ha optado por un Congreso de 350 diputados. En consecuencia, la mayoría absoluta en el Congreso, es decir, la mitad mas uno de sus componentes son 176 diputados.

A cada provincia le corresponde un mínimo de dos diputados con independiente de su población.Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una por un diputado.Los 248 diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población con arreglo a las siguientes reglas:



o Se obtiene una cuota de reparto resultante de división por 248 la población de derecho total de España.

o Se adjudica a cada provincia tantos diputados como resulten en números enteros de dividir la población de derecho de esa provincia por la cuota de reparto.

o Los diputados que resten se distribuyen asignando uno a cada una de las provincias cuyo cociente tenga una fracción decimal mayor.



Ejemplo:

Población de España: 40.000.000

Cuota de reparto: 500.000 / 248(se dejan fuera los 102 repartidos entre las provincias más Ceuta y Melilla)

= 161290,32.



Ciudad Real: 500.000 ciudadanos de derecho de Ciudad Real

500.000 / 161290,32 (cuota de reparto) = 3’10



 A CR en virtud de su población le corresponden 3 diputados (en números enteros).

 Aunque tenemos 5, 2 son fijos y 3 le corresponden por población.



Diferentes cocientes: CR: 3’10 Teruel: 2’60

Cuenca: 2’90 Madrid: 2’75

Si sobran 2 diputados se le dan de los cocientes, ósea, a la fracción decimal mayor.

Esto conlleva que antes de cada proceso electoral o cada elección al Congreso el decreto de convocatoria establecerá expresamente cuantos diputados corresponde elegir a cada provincia, es decir, cuantos escaños corresponden a cada circunscripción electoral. La atribución de escaños en función de los resultados obtenidos se realiza conforme a las siguientes reglas:



o No se tienen en cuenta las candidaturas que no hayan obtenido al menos el 3% de los votos validos emitidos.

o Los escaños se van a distribuir utilizando la ley D’hont o sistema proporcional corregido. En virtud de esta formula, en vertical se ordenan de mayor a menor en una columna los votos obtenidos por las distintas candidaturas, exceptuando la que no haya llegado al 3%. Se divide el numero de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, 4, 5,…. Hasta un número igual de escaños correspondientes a la provincia. Estas divisiones dan una serie de cocientes. Los escaños o diputados se van distribuyendo a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores atendiendo a un orden de cociente. Cuando coinciden dos cocientes de dos candidaturas distintas, el escaño se atribuye a la que ha obtenido un número total de votos. Si coinciden dos cocientes y las dos candidaturas tienen el número total de votos, el primer empate se resuelve por sorteo y los demás de forma alternativa. Los escaños correspondientes a cada candidatura se adjudican a las candidaturas incluidas en ello por el orden de colocación en que aparecen. En caso de muerte, renuncia o incapacidad de un diputado, el escaño será atribuido al candidato o en su caso al suplente de la misma lista a quien corresponda atendiendo al orden de colocación. En Ceuta y Melilla solo se elige un diputado y en consecuencia será proclamado electo el que mas votos haya obtenido.



La importancia de las elecciones al Congreso es que en el mismo se resuelven y discuten los problemas mas importantes de la nación, además en ultima votación el Congreso es el competente para aprobar las leyes para las mas importantes o leyes orgánicas se necesita conforme al Art. 81 de la CE mayoría absoluta del Congreso o 176 votos a favor, el Congreso realiza la investidura del Presidente del Gobierno también por mayoría absoluta en primera votación y también puede hacerle caer por las llamadas mociones de censura o cuestión de confianza.



 Elecciones al Senado.



En cada provincia se eligen 4 senadores, 3 en las islas de Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y 1 en las demás agrupaciones de islas.

Las poblaciones de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas 2 senadores.

Las CCAA eligen además un senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. Esta designación corresponde a la asamblea legislativa de cada CCAA de acuerdo con el sistema que prevean los estatutos de autonomía.

Las elección de los senadores por los ciudadanos en las distintas provincias, islas y Ceuta y Melilla se realiza de acuerdo con el siguiente sistema: los electores en el caos de la provincia pueden dar su voto a un máximo de tres candidatos de los cuatro a elegir, a dos en las islas mayores y Ceuta y Melilla y uno en las demás islas.

Serán proclamados senadores aquellos candidatos que han obtenido el mayor numero de votos.



 Elecciones al Parlamento Europeo



Conforme a lo dispuesto en la LOREG la circunscripción para las elecciones de los diputados al Parlamento Europeo es el territorio nacional.

Hasta recientemente España elegía 64 diputados en la actualidad y con la incorporación de los nuevos miembros el numero de diputados será determinado con carácter previo a las elecciones por las normas europeas.

En las últimas elecciones nos correspondieron 54 escaños.

La atribución de escaños en función de los votos obtenidos se realiza por el mismo sistema que para el Congreso de los Diputados, es decir, mediante sistema proporcional corregido de la D’hont.

En caso de fallecimiento, enfermedad o renuncia d un diputado del Parlamento Europeo el escaño será atribuido al candidato o suplente de la misma lista en su orden de formación.

El escrutinio se realiza por las juntas electorales provinciales a nivel provincial.

El recuento de votos general y la proclamación de candidatos electos se realiza a nivel nacional por la junta electoral central con sede en Madrid.

0 comentarios: