EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN

Según el Art. 94 LCA : “los efectos de los contratos advos. Se regirán por la presente ley, sus disposiciones de desarrollo y los pliegos de cláusulas “




Existe la obligación del contratista de cumplir el contrato en el tiempo pactado y de la admón. de pagar el precio.



El contrato se ejecuta siguiendo el principio de riesgo y ventura del empresario. Este principio significa que el empresario va a responder de la pérdida del bien, tanto a favor o en contra del empresario. Si se produce un daño a un tercero en la ejecución del contrato se entiende que es responsable el empresario; pero, si como consecuencia de una orden de la AP se produce el daño, será la AP la responsable.



¿Cuándo es un acto invalido? (Art. 61 y ss. ) serán inválidos cuando lo sea alguno de sus actos preparatorios o el de adjudicación por concurrir en los mismos alguna de las causas de derecho administrativo o de derecho civil a que se refieren los artículos siguientes.



La nulidad o anulabilidad según la ley 30/92.



Formas de extinción: bien por el cumplimiento, bien por causas de resolución (109 y ss)



En contrato de obras, suministros y consultoría nos encontramos con los contratos menores que se definen exclusivamente por su cuantía.



Obra: no exceda 5millones de Ptas. (121)

Suministros: 2 millones Ptas.. (176)

Asistencia: 2 millones Ptas.. (201)



En estos contratos la tramitación del expediente sólo se exige aprobación del gasto e incorporar la factura correspondiente. También se exige que la duración no pueda ser superior a un año, ni objeto de prórroga ni revisión de precios.

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