EL DELITO COMISIVO

I).- EL TIPO DE INJUSTO.




1.- El Tipo su relación con la antijuridicidad y su contenido.



El tipo legal o penal es el elemento del delito que sirve para plasmar el principio de legalidad penal, la garantía criminal “nullum crime sine lege”.



El Tipo es la descripción legal, expresa o tácita, de todos los elementos objetivos y subjetivos, positivos y negativos que fundamentan la prohibición penal de una conducta y la distinguen de otras figuras típicas.



2.- Funciones del Tipo.



La garantía.- plasmación del principio de legalidad, asegurar que sólo sean delitos las conductas antijurídicas seleccionadas y descritas por la Ley Penal.



Determinación general de las conductas.- destaca frente a todos los ciudadanos que una conducta está desvalorada generalmente y prohibida de modo general bajo amenaza de pena, e intenta así, motivar, determinar a todos para que se abstengan de cometerla.



Llamada de atención.- una conducta es penalmente relevante, intenta alertar a los ciudadanos para que no incurran en errores de tipo ni prohibición.



3.- Estructura del Tipo.





A).- PARTE POSITIVA



Parte OBJETIVA del tipo positivo, habrá como mínimo los siguientes elementos:



Un sujeto activo con las condiciones de:



Autoría.



Acción o conducta positiva u omisiva.



Un bien jurídico que se ve lesionado o puesto en peligro por la acción.



Parte SUBJETIVA del tipo o tipos subjetivos, requiere siempre Dolo, o al menos imprudencia.



B).- PARTE NEGATIVA..- La parte negativa del tipo supone la ausencia de causas de atipicidad y de causas de justificación.



4 .- CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS.





I.- Según los elementos de TIPO OBJETIVO.













Unisubjetivos.



A: (un solo autor)





Plurisubjetivos.



(más de un autor)







Por la cua- Comunes: no requieren cualicación.



B: lificación de los



Sujetos Especiales:





* Delitos Puros de Resultado :



A: (o se causación)



Delitos de



Resultado * Delitos con modalidades limitadas de ejecución



(o delitos de acción o resultado)



B:



Delitos



de mano



propia







De consumación Normal



C:



De consumación anticipada







Simples.



Compuestos.



D: Mixtos.



De Hábito















































II.-Según los elementos de TIPO SUBJETIVO.







DOLOSOS





IMPRUDENTES



5.- Clases de delitos (tipos) por su conexión con otros tipos.



Cuando los delitos guardan relación entra sí puede haber:



Tipos Básicos.





Tipos derivados de aquellos



Tipos Conexos .- delitos “Sui Generis”

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