CLASES O TIPOS DE ORGANOS ADMINISTRATIVOS
Criterio morfológico.
Criterio funcional derivado de las cosas que hace (función)
Criterio legal derivado de su situación en la organización.
.- Criterio morfológico:
Clasificación según el titular:
Órganos unipersonales: lo importante no es el número de personas, sino quien es el titular, es decir, una sola persona es la que toma las decisiones. (Ministerio)
Órganos colegiados o colectivos: son los que toman las decisiones colectivamente (Consejo de ministros).
Otra clasificación:
Órganos simples: aquellos que los no depende ningún otro órgano administrativo.
Órganos complejos: aquellos que tienen además de sus propias funciones otras relaciones jerárquicas con uno o más órganos inferiores.
Clasificación dependiendo del ámbito territorial:
Órganos centrales: aquellas unidades administrativas cuyo ámbito de actuación se refiere a la totalidad del territorio.
Órganos periféricos: aquellas unidades del ministerio de educación que solo pueden actuar en una parte del territorio. Prolongación territorial del órgano central.
.- Criterio funcional:
Órganos activos: son los que hacen las cosas. Se dividen en dos:
Órganos activos consultivos o de asesoramiento.
Órganos activos de staff (línea)
Órganos auxiliares: son los que ayudan al órgano activo.
Órganos de control: son los que vigilan a los órganos activos para que hagan las cosas.
.- Criterio de lo legal: (se ve con la LOFAGE)
Superiores.
No superiores.
.- Podemos distinguir entre 3 grandes modelos o criterios que tienen que ver con los fines u objetivos:
Organizaciones mediales: organizaciones instrumentales de otro órgano estatal.
Órgano administrativo instrumental: que no tiene un objetivo propio, sino que actúa como medio o aparato para una institución del Estado.
Administraciones independientes: tienen objetivos propios pero no dependen del poder ejecutivo o del gobierno (Bando de España).
La Administración: que tiene fines propios (atender los intereses generales), universal y con fin diferenciado y subordinado al Gobierno (es dependiente).
.- Todas las administraciones están vertebradas desde tres perspectivas:
Distribución territorial:
Administración central y si periferia.
Administraciones de las CC.AA.
Desde el punto de vista funcional:
Junta de la Administración General del Estado que tiene personalidad jurídica, crea organizaciones especializadas dotadas de personalidad.
Vertebración corporativa: hay objetivos del poder público que el Estado decide que los asuman por si mismos un grupo de personas que constituyen una corporación (colegios profesionales, corporaciones agrarias, …)
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DERECHO ADMINISTRATIVO
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