NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
PRERROGATIVAS Y OBLIGACIONES DE LOS NACIONALES Y CIUDADANOS
La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
POR NACIMIENTO:
a. Los que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
b. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en el territorio mexicano.
c. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización.
d. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.
POR NATURALIZACIÓN:
a. Los extranjeros que obtengan de la secretaría de Relaciones Exteriores, carta de naturalización.
b. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que establecen las leyes.
LA CIUDADANÍA:
Son ciudadanos de la república, los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además, los siguientes requisitos:
b. Haber cumplido 18 años.
c. Tener un modo honesto de vivir.
PRERROGATIVAS:
a. Votar en las elecciones populares.
b. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniéndolas cualidades que establezca la ley.
c. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país.
d. Tomar las armas del ejército o Guardia Nacional para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.
e. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.
La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
POR NACIMIENTO:
a. Los que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
b. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en el territorio mexicano.
c. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización.
d. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.
POR NATURALIZACIÓN:
a. Los extranjeros que obtengan de la secretaría de Relaciones Exteriores, carta de naturalización.
b. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que establecen las leyes.
LA CIUDADANÍA:
Son ciudadanos de la república, los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además, los siguientes requisitos:
b. Haber cumplido 18 años.
c. Tener un modo honesto de vivir.
PRERROGATIVAS:
a. Votar en las elecciones populares.
b. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniéndolas cualidades que establezca la ley.
c. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país.
d. Tomar las armas del ejército o Guardia Nacional para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.
e. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.
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Etiquetas:
DERECHO CONSTITUCIONAL
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