CONCEPTOS GENERALES Y FUENTES
Concepto y clases de fuente
¿Qué entendemos por fuente?: Lugar donde procede o se origina el derecho, el sitio donde emana.
Fuentes del derecho romano
¿Cómo se clasifican las fuentes?:
- Fuentes formales: La costumbre, ley, jurisprudencia, etc...
- Fuentes reales: son los elementos, factores y acontecimientos sociológicos que determinan el contenido de la norma.
- Fuentes históricas: documentos, libros, papiros.
En la monarquía
¿Cuál es la principal fuente de derecho en este periodo?: Es la costumbre (llamada fuente consuetudinaria)
¿Qué es la costumbre según Ulpiano?: Son los usos arraigados por el tiempo con la conformidad tácita del pueblo. El derecho nació de las necesidades del pueblo romano consagrado por la costumbre (hechos repetidos en el tiempo)
¿De acuerdo a la teoría Romano – canónica mencione dos elementos de la costumbre?
-Elemento objetivo: Es la repetición constante y prolongada de una determinada conducta.
-Elemento subjetivo: la convicción que tiene un grupo social de que esa conducta es jurídicamente obligatoria por lo tanto debe aplicarse.
En la república
El derecho durante la república es un tránsito del derecho consuetudinario al derecho escrito.
¿Cuáles fueron las fuentes del derecho escrito en esta fase?:
Las fuentes formales fueron:
- Las leyes comiciales (eran leyes obligatorias porque emanaba del pueblo)
- Los plebiscitos
- Los senadoconsultos (emitidos por el senado)
- Los edictos realizados por magistrados
- La costumbre
- Constituciones imperiales
En el principado
Constituciones Imperiales: En esta época aparece por primera vez esta fuente del derecho producto de la voluntad del emperador. Estas eran las resoluciones de tipo legislativo dictadas por el emperador con carácter obligatorio o fuerza de ley.
¿Cuáles son las 4 clases de constitución imperial?:
- Edicto: Disposiciones de carácter emitidos por el emperador
- Decreta: Resoluciones judiciales o sentencias dictados por el príncipe.
- Rescripta: respuestas dadas por el príncipe o consultas
- Mandato: Ordenes giradas por el emperador.
En el imperio absoluto
En esta época el emperador es el que interpreta en su totalidad la norma jurídica e impide la actividad jurisprudencial.
¿Cuáles son los factores del derecho en esta época?: Las constituciones imperiales: Son las fuentes del derecho en esta época y se les denomina leges.
CONCEPTOS GENERALES
El jus y el fas
¿Qué significa el término Jus?: El término se utiliza como sinónimo al de nuestra palabra derecho. Jus = derecho.
¿Cómo utilizaban los romanos este término?: Los romanos utilizaban el término jus para denominar tanto al derecho objetivo como al derecho subjetivo.
¿Qué debemos entender por Fas?: Por Fas debemos entender como la norma religiosa, el derecho divino que regula las relaciones de los seres humanos con los dioses. Fas = Norma religiosa
La equidad, la justicia y la jurisprudencia
¿Qué entendían los romanos por equidad?: El conjunto de principios superiores de lo que es justo, atribuidos a un caso concreto al que si se le aplicara el derecho, se ocasionaría una evidente injusticia.
Equidad proviene del latín aequitas o aequus.
¿Qué entendían los romanos por justicia (justitia)?: La justicia es la constante y perpetúa voluntad de dar a cada uno su derecho.
¿Qué era la jurisprudencia para los romanos?: Jurisprudencia – juris prudentia, significa conocimiento del derecho. Era una fuente del derecho dictado por los senadoconsultos o jurisconsultos.
Los preceptos del derecho
¿Qué significa la palabra precepto?: Significa regla o instrucción que se establece para regular un arte o facultad.
¿Qué debemos de entender por precepto del derecho?: Aquellas reglas prácticas dictadas para la convivencia social que, sin llegar a tener el carácter de normas jurídicas, son el fundamento de todos los deberes jurídicos del hombre tanto en sus relaciones individuales como sociales.
¿De acuerdo al texto de Ulpiano cuales son los preceptos del derecho?
- Vivir honestamente
- No hacer daño a otro
- Dar a cada uno lo suyo
Derecho público y derecho privado
¿Cuál es el concepto que proporciona Ulpiano de derecho público y derecho privado?:
-Derecho público: Regula las relaciones políticas y los fines que el estado debe alcanzar, se refiere a la estructura del derecho romano.
-El Derecho Privado Regulaba las relaciones entre los particulares.
¿De acuerdo a Ulpiano cuales son las partes en que se divide el derecho privado?:
- Derecho natural (Jus naturale): Aquel que la razón natural establece entre los hombres.
- Derecho de gentes (Jus Gentium) Es un derecho observado por todos los pueblos y establecido por la razón natural entre todos los hombres, porque todas las naciones se sirven de este derecho.
- Derecho Civil (Jus Civile) El derecho de los ciudadanos que procede de la voluntad del pueblo y que ha sido establecido especialmente para sus individuos, era el derecho propio de cada ciudad.
Dualismo entre el derecho civil y el derecho honorario
Esta división fue verdaderamente fundamental en toda la edad clásica pues el derecho civil era el sistema más antiguo, fundado sobre la costumbre y la interpretación de los juristas. En su formación el jus civile se contrapone a la lex, sin embargo su concepto poco a poco se amplia hasta comprender las normas creadas por la lex y por todas las otras fuentes excepto las emanadas del pretor.
Este dualismo termina en el derecho Justiniano en el cual se fusionan las normas civiles y pretorianas.
Derecho escrito, derecho no escrito, derecho común y derecho singular
¿Esta división atribuida Ulpiano del derecho que significa?:
-Derecho Escrito: (jus scriptum): Es el formulado y promulgado por una autoridad, el que se manifiesta en forma escrita. Ejemplo ley, plebiscitos, los senadoconsultos, edictos, etc...
-Derecho no escrito: (jus non scriptum): Es aquel que esta formado por el uso, por la tradición, es el derecho que se manifiesta en la conducta de los ciudadanos, es el derecho consuetudinario.
¿Cuál es derecho común?: También llamado derecho general, comprende reglas y deberes para todos los ciudadanos sin excepción.
¿Cuál es el Derecho singular?: Establece disposiciones referidas solo a algunos individuos.
Interpretación de la ley
Interpretación significa desentrañar el sentido, alcance y significado de la norma.
¿Como puede ser la interpretación?:
-Interpretación gramatical (o literal)
-Interpretación lógica
Vigencia del derecho objetivo en el tiempo y en el espacio
Toda ley tiene un ámbito de vigencia temporal y espacial esto es que solo es obligatorio por cierto tiempo y en determinada porción de espacio.
La vigencia del derecho objetivo en el tiempo, como vemos en Roma, es el principio de la irretroactividad, que fue solamente conocido hasta el derecho clásico. Es decir una ley no se aplica a actos nacidos con anterioridad a la publicación de la norma.
Como señalamos al principio en el derecho objetivo en el espacio, es la aplicación del derecho en determinada porción de espacio.
Concurso, colisión y algunas reglas en relación con los derechos subjetivos
Hay concurso: Cuando las diferentes personas tienen derechos sobre el mismo objeto.
Existe colisión: Cuando dos derechos subjetivos concurren sobre un mismo objeto, sean incompatibles entre si y solo uno de ellos pueda ejercitarse.
Reglas más comunes de derecho subjetivo:
1.- Primero en tiempo, primero en derecho
2.- Nadie puede transferir mas derechos de los que tiene
3.- El que puede lo más, puede menos
4.- Nadie está obligado a lo imposible
5.- Los derechos reales preceden a los personales
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