LA DETERMINACION Y LIQUIDACION TRIBUTARIA

Esta determinación la efectúa la autoridad fiscal sobre base cierta o sobre base presunta, en los términos de los artículos 55 a 64 del CFF.

La determinación por parte de la autoridad, ya sea por cualquiera de las dos bases, se deberá iniciar con el último ejercicio fiscal anual. (Delgadillo).


9.1. DIFERENCIA CONCEPTUAL
Consultar CFF

9.2. MODALIDADES
Consultar CFF

9.2.1. AUTODETERMINACION Y AUTOLIQUIDACIÓN

Consultar el art. 6 del CFF.


9.2.2. LA DETERMINACION Y LIQUIDACION POR AUTORIDAD

Consultar los artículos 54 y 55 del CFF.

0 comentarios: